Nuestro blog hoy desde ‘Los Ahijones’ se centrará en la nueva ayuda para el alquiler en Madrid, el Bono Vivienda. La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, también conocida como EMVS, gestiona ya esta ayuda que contará con 30 millones de euros para así cubrir las necesidades de aquellos beneficiarios que cumplan los requisitos de la misma. Como punto de partida, la base de este Bono Vivienda será el pertenecer a los inquilinos registrados en el Programa ReViVa.
De esta manera, el Ayuntamiento de Madrid, pretende dar otra oportunidad a muchos pisos en todo el municipio que actualmente se mantienen vacíos o con problemas para localizar inquilinos. Ambos programas, ReViVa y Bono Vivienda, trabajarán unidos para que así propietarios e inquilinos puedan contar con todas las garantías de la mano de la EMVS.
¿Cuáles son los requisitos del Bono Vivienda?
Claro que para poder acogerse a esta ayuda, los madrileños que así lo deseen deberán contar con una serie de requisitos indispensables. Entre ellos, el primero será el haber permanecido empadronado en el Ayuntamiento de Madrid durante al menos los 5 últimos años. Por otro lado, los ingresos anuales serán también esenciales para poder contar con esta ayuda al alquiler.
Así, los ingresos brutos anuales dependerán por supuesto del número de miembros que convivan dentro de la misma unidad familiar. Estos ingresos fluctuarán entre los 32.200 y los 88.200 euros anuales, lo que se refiere a entre 3 y 7,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
La cuantía final del Bono Vivienda se basará entonces en una serie de factores que la EMVS tendrá en cuenta a la hora de calcular el importe total del bono. Bonificarán en este caso requisitos como ser menor de 35 años o mayor de 65. Además, las personas con discapacidad igual o superior al 33% también contarán con una bonificación. Las familias con hijos menores de 25 años que dependan económicamente así como embarazadas sumarán igualmente una bonificación.
El Bono Vivienda también podrá contar con un incremento en casos relativos a familias numerosas o monoparentales. Personas con discapacidad igual o superior al 66% así como víctimas del terrorismo y víctimas de violencia de género que puedan acreditar esta situación.
En todo caso y según las bases del Bono Vivienda el inquilino no deberá pagar más del 30% de sus ingresos netos familiares. Eso sí, el importe mínimo de renta que tendrá que abonar será de 450 euros al mes. El Bono Vivienda nunca superará los 900 euros mensuales de importe.
Un bono para inquilinos del Programa ReViVa
El Programa ReViVa espera poder ofrecer a las viviendas de Madrid una nueva oportunidad, ante todo a aquellas que se mantengan vacías o cuyos propietarios no hayan logrado localizar inquilinos. Es por ello que a través de la EMVS, los propietarios que cumplan con los requisitos estipulados, pueden ceder sus inmuebles para que sea el Ayuntamiento quien gestione esa vivienda durante un mínimo de 4 años. Por supuesto, el dueño del inmueble contará con una renta que fijará un tasador.
El Ayuntamiento se encargará de poner a punto cada inmueble, adelantando si fuese necesario el importe de no más de 45.000 euros en concepto de reforma. Se llevarán a cabo informes técnicos así como la instalación de una alarma para evitar la entrada de ocupas en la vivienda.
Todos aquellos ciudadanos en búsqueda de vivienda de alquiler que estén interesados en formar parte del Programa ReViVa deben registrarse aportando una documentación concreta. De una parte, acreditar que residen en el Ayuntamiento de Madrid desde por lo menos el último año, además de contar con un mínimo de ingresos brutos anuales de entre 32.200 y 88.200 euros en función del número de convivientes en la familia. A su vez, el solicitante tendrá que acreditar una solvencia económica que cubra ese 30% de los ingresos netos familiares.