Hoy queremos hablarles de las cooperativas de vivienda y de cómo pueden ayudarle si lo que desea es contar con un hogar hecho a su medida. De inicio describiremos brevemente a qué nos referimos cuando hacemos alusión a este tipo de organismos. Las cooperativas de vivienda son sociedades mercantiles sin ánimo de lucro en las que un grupo de socios o cooperativistas se unen para conseguir un fin común, en este caso la construcción de un espacio urbano.
Son el medio idóneo para la promoción de proyectos urbanísticos en los que los costes se centrarán exclusivamente en los gastos de producción, ahorrándonos de este modo sobrecostes por intermediarios. Además los socios cooperativistas tendrán siempre la última palabra en cuestiones de diseño, materiales, espacios comunes… por lo que al final su vivienda cumplirá con sus requisitos.
¿Cómo se crean las cooperativas de vivienda?
Las sociedades cooperativas exigen al menos tres personas para llevar a cabo su constitución formal. Se realizará una escritura pública tras la celebración de la primera Asamblea que se firmará ante notario. Además, todo organismo de este tipo debe figurar inscrito en el Registro de Cooperativas de su comunidad autónoma.
Toda cooperativa estará conformada por una Asamblea General y el Consejo Rector. En la primera de ellas, se reúnen todos los socios con la finalidad de tomar las decisiones pertinentes tanto en asuntos de contratación como de puesta en marcha del proyecto. Por otro lado, será el Consejo Rector constituido por Presidente, Vicepresidente y Secretario, el encargado de la representación de la cooperativa.
¿Qué hay de la gestión?
En muchas ocasiones los socios cooperativistas no son personal especializado en gestión y construcción urbanística por lo que lo más habitual es la contratación de una sociedad especializada que lleve a cabo este trabajo. La empresa gestora prestará el servicio profesional a la cooperativa de vivienda para sacar adelante el proyecto de edificación.
Las entidades gestoras siempre deberán ser fieles a los estatutos propios de cada sociedad cooperativa y nunca tienen acceso directo a los fondos de los cooperativistas. Además, actuarán conforme a la Ley de Cooperativas Estatal 27/1999 de 16 de Julio y a la legislación vigente en la comunidad autónoma de actuación.
Ventajas de las cooperativas de vivienda
Las sociedades cooperativas, como ya comentábamos anteriormente, suponen un ahorro importante en cuanto a costes promocionales que pueden tener otro tipo de proyectos. Por otro lado, los gastos al hablar siempre de un grupo de socios serán menores que si adquirimos una vivienda a nivel personal.
Las entidades bancarias facilitan por norma general el crédito a las cooperativas puesto que cuentan con la acreditación de cada uno de los socios.
En todo caso, la inscripción en una sociedad cooperativa que cumpla con todos los requisitos